El Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas (IRPF) en Espana se calcula mediante un baremo progresivo: cuanto mayor sea tu renta, mayor sera el tipo marginal aplicable. Se aplica sobre la base liquidable despues de reducciones y deducciones.
Tramos del IRPF 2025 (estatal + autonomico general)
| Tramo de base liquidable | Tipo marginal |
|---|---|
| Hasta 12 450 EUR | 19 % |
| 12 451 - 20 200 EUR | 24 % |
| 20 201 - 35 200 EUR | 30 % |
| 35 201 - 60 000 EUR | 37 % |
| 60 001 - 300 000 EUR | 45 % |
| Mas de 300 000 EUR | 47 % |
Los tipos combinan la escala estatal y la autonomica general. Cada comunidad autonoma puede modificar sus tramos, lo que genera diferencias entre regiones.
La formula de calculo
El calculo se realiza tramo por tramo, no sobre la totalidad de la renta:
IRPF = Suma de (renta en cada tramo x tipo del tramo)
Ejemplo para 40 000 EUR de base liquidable:
- Tramo al 19 %: 12 450 EUR x 19 % = 2 365,50 EUR
- Tramo al 24 %: (20 200 - 12 450) = 7 750 EUR x 24 % = 1 860 EUR
- Tramo al 30 %: (35 200 - 20 200) = 15 000 EUR x 30 % = 4 500 EUR
- Tramo al 37 %: (40 000 - 35 200) = 4 800 EUR x 37 % = 1 776 EUR
- Cuota integra: 10 501,50 EUR
Reducciones y minimo personal
Minimo personal y familiar: todo contribuyente tiene derecho a un minimo exento de tributacion:
- Minimo del contribuyente: 5 550 EUR (7 700 EUR si tiene mas de 65 anos)
- Minimo por primer hijo: 2 400 EUR
- Minimo por segundo hijo: 2 700 EUR
- Minimo por tercer hijo: 4 000 EUR
Estos minimos reducen la base sobre la que se aplica el baremo.
Reduccion por rendimientos del trabajo: los asalariados cuentan con una reduccion de hasta 6 498 EUR para rentas del trabajo inferiores a 16 825 EUR, que va disminuyendo progresivamente.
Rendimientos del ahorro
Los rendimientos del ahorro (intereses, dividendos, ganancias patrimoniales) tributan por separado con tipos fijos:
| Base del ahorro | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6 000 EUR | 19 % |
| 6 001 - 50 000 EUR | 21 % |
| 50 001 - 200 000 EUR | 23 % |
| 200 001 - 300 000 EUR | 27 % |
| Mas de 300 000 EUR | 28 % |
Retenciones vs cuota final
Las retenciones practicadas durante el ano (en nominas, facturas de autonomos, rendimientos financieros) son un anticipo del IRPF. En la declaracion anual se compara la cuota con lo ya retenido:
- Si las retenciones superan la cuota: Hacienda te devuelve la diferencia.
- Si la cuota supera las retenciones: debes abonar la diferencia.