Como freelance o trabajador autonomo, tu ingreso neto depende de tu regimen fiscal, tus gastos deducibles y tus obligaciones con la Seguridad Social. La formula general es sencilla, pero los importes varian segun tu situacion.

La formula general

Ingreso neto = Facturacion (sin IVA) - Cuota de autonomos - IRPF - Gastos profesionales

Simulacion rapida (facturacion 60 000 EUR anuales sin IVA)

ConceptoEstimacion directaEstimacion simplificada
Facturacion anual sin IVA60 000 EUR60 000 EUR
Cuota autonomos (base media)- 4 500 EUR- 4 500 EUR
Gastos deducibles- 8 000 EUR- 3 000 EUR
Base imponible IRPF47 500 EUR52 500 EUR
IRPF estimado- 12 000 EUR- 14 000 EUR
Ingreso neto aproximado35 500 EUR38 500 EUR

Estas estimaciones varian segun la situacion familiar, comunidad autonoma, gastos reales y deducciones aplicables.

La cuota de autonomos en 2025

Desde 2023, la cuota de autonomos en Espana se calcula por tramos de ingresos reales. El sistema establece una base de cotizacion minima y maxima segun tus rendimientos netos:

Tramo de rendimiento neto mensualCuota minima mensual (aprox.)
Hasta 670 EUR225 EUR
670 - 900 EUR250 EUR
900 - 1 166 EUR267 EUR
1 166 - 1 300 EUR291 EUR
1 300 - 1 500 EUR294 EUR
1 500 - 1 700 EUR294 EUR
1 700 - 1 850 EUR310 EUR
1 850 - 2 030 EUR315 EUR
Mas de 2 030 EURhasta 530 EUR

Retenciones de IRPF en las facturas

Los autonomos profesionales (epigrafes de actividades profesionales del IAE) deben aplicar una retencion del 15 % en sus facturas a empresas y otros autonomos. Los nuevos autonomos pueden aplicar un tipo reducido del 7 % durante el ano de alta y los dos anos siguientes.

Importe retencion = Base imponible de la factura x 15 %

Estas retenciones son un anticipo del IRPF y se regularizan en la declaracion anual de la Renta.

Gastos deducibles para autonomos

Los principales gastos que un autonomo puede deducir de su base imponible son:

  • Cuotas de la Seguridad Social
  • Alquiler de oficina o local
  • Suministros (si trabajas desde casa, un porcentaje)
  • Material y equipos informaticos
  • Servicios de telefonia e internet
  • Gastos de formacion profesional
  • Seguros de responsabilidad civil
  • Asesoria fiscal y contable
  • Amortizacion de bienes de inversion

IVA del autonomo

Ademas del IRPF, los autonomos deben gestionar el IVA:

  • Repercutir el IVA (generalmente 21 %) en sus facturas de venta.
  • Deducir el IVA soportado en sus compras profesionales.
  • Declarar trimestralmente mediante el modelo 303.

El IVA no es un ingreso ni un gasto: es un flujo transitorio que se ingresa en Hacienda.